Teniendo en cuenta el artículo 476 del Estatuto Tributario queremos informarles a nuestros clientes actuales y potenciales que VORTEXBIRD no realizará cobro del IVA por la prestación de los servicios expuestos en los numerales 20 y 21 del artículo mencionado.
ARTÍCULO 476.
SERVICIOS EXCLUIDOS DEL IMPUESTO A LAS VENTAS – IVA.
Se exceptúan del impuesto los siguientes servicios y los bienes relacionados explícitamente a continuación:
[…] 20. Adquisición de licencias de software para el desarrollo comercial de contenidos digitales, de acuerdo con la reglamentación expedida por el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
21. Suministro de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing […]
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